El Artículo 303 del Código Penal regula y sanciona el delito de malversación de fondos públicos, tipificando como infracción penal la desviación fraudulenta de recursos del Estado por parte de los servidores públicos para fines distintos a los establecidos por la ley.
De acuerdo con el texto normativo, incurre en malversación el funcionario o servidor público que, en el ejercicio de sus funciones y de manera fraudulenta, aplique los fondos, recursos o bienes bajo su administración a un destino diferente al asignado por las normas administrativas o las disposiciones presupuestarias, ya sea para beneficio propio o de un tercero.
La disposición legal contempla un esquema penal y económico proporcional a la falta cometida:
Con esta tipificación, el ordenamiento jurídico busca reforzar los mecanismos de fiscalización sobre la gestión patrimonial pública y penalizar el uso indebido de las partidas presupuestarias en la administración estatal.
Fuente: En Segundos
