El Ministerio Público anunció que recurrirá en apelación la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, la cual declaró penalmente responsable al pelotero Wander Samuel Franco Aybar de abuso sexual y psicológico contra una adolescente, pero lo eximió del cumplimiento de la pena mediante la concesión de un perdón judicial.
Los fiscales litigantes informaron que esperarán la entrega de la sentencia íntegra para analizar los fundamentos jurídicos del tribunal y formalizar el recurso de apelación. El órgano persecutor ratificó que su petición original en este nuevo juicio era de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo en un centro penitenciario.
El proceso correspondiente al nuevo juicio fue conocido por el tribunal ad hoc integrado por los jueces:
Dicho tribunal fue designado luego de que la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata ordenara la celebración de un nuevo litigio en diciembre de 2025.
Mientras que a Franco Aybar se le aplicó el perdón judicial, el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público respecto a la madre de la adolescente, condenándola a 10 años de prisión que deberá cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, tras ser declarada culpable de explotación sexual comercial y lavado de activos.
Los fiscales Claudio Alberto Cordero Jiménez, de la Procuraduría Especializada de Antilavado de Activos, y José Martínez Montán, de la Fiscalía de Puerto Plata, señalaron que el tribunal validó la teoría del caso del órgano acusador al declarar la culpabilidad de ambos imputados basándose en el acervo probatorio.
“El Ministerio Público probó su acusación más allá de toda duda razonable. El tribunal valoró los medios de prueba y entendió que el Ministerio Público tenía razón. Siempre mantuvimos que existían las pruebas para establecer los hechos y la participación de ambos imputados”, indicó el fiscal Martínez Montán.
Durante el desarrollo de la audiencia, la fiscalía procedió a la reproducción de más de un centenar de pruebas documentales, periciales, materiales, testimoniales y audiovisuales, las cuales vincularon directamente a los procesados con los delitos imputados.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal impuso a la madre de la menor una multa equivalente a 25 salarios mínimos y ordenó el decomiso de siete bienes incautados durante el proceso de investigación.
El tribunal dispuso una excepción respecto a los activos incautados, ordenando que un certificado financiero retenido durante el proceso sea entregado de manera íntegra a la adolescente víctima del caso.
Fuente: En Segundos
