El Poder Ejecutivo emite el Decreto 601-26 que regula el béisbol y las academias en la República Dominicana

El Poder Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto núm. 601-26 con fecha del 26 de agosto de 2026, el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana. La normativa busca ordenar la práctica de este deporte, proteger a sus participantes y supervisar a ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros y scouts. La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, adscrita al Ministerio de Deportes y Recreación, ejercerá la autoridad competente.

Estructura y Registro Nacional El reglamento establece principios de legalidad, integridad, transparencia, interés superior del menor y prevención de conflictos de interés. Para su aplicación, la Dirección del Comisionado se organiza mediante una Dirección Ejecutiva y dos dependencias sustantivas:

Asimismo, se crea el Registro Nacional del Sistema de Béisbol para inscribir y verificar a los actores del sector. La inscripción será obligatoria y no exime de licencias requeridas por otras instituciones.

Regulación del béisbol profesional y recreativo

Protección a menores y supervisión de academias El cuerpo normativo dedica un apartado a la protección de atletas y prospectos menores de edad, estableciendo:

Fiscalización y entrada en vigor La Dirección del Comisionado queda facultada para realizar inspecciones, tramitar denuncias y aplicar medidas preventivas ante riesgos inminentes. El reglamento contempla la protección de datos personales y promueve la solución de controversias mediante conciliación o arbitraje. La disposición deroga las normas anteriores de igual o inferior jerarquía que le sean contrarias y entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Fuente: En Segundos

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